Asociación Tinkuy (Encuentro - Incontro)
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1) Se constituye una asociación cultural con el siguiente nombre: "TINKUY-ENCUENTRO-INCONTRO" (abreviado como TINKUY), con sede en Florencia, vía Sicilia 10/2.
2) La asociación tiene duración ilimitada, salvo disolución por la Asamblea extraordinaria.
3) La asociación no tiene fines de lucro y tiene por objeto el ejercicio y la promoción de actividades culturales entre Italia, Europa, Centro y Sudamérica; en particular, la Asociación, directamente o mediante acuerdos o convenios con otras asociaciones o con Regiones, autoridades locales, universidades, fundaciones, organismos privados, lleva a cabo actividades destinadas a difundir el conocimiento de un país y su gente, empezando por el aprendizaje de la historia y las tradiciones, hasta luego llegar a los usos, costumbres, ideas y al enriquecimiento cultural de los pueblos.
En particular, la Asociación tiene como objetivos:
a) promover, apoyar y potenciar iniciativas y actividades en el ámbito cultural;
b) fomentar las relaciones y relaciones entre los miembros, para un intercambio útil de conocimientos y experiencias;
c) estimular las relaciones y la colaboración entre cooperativas, organizaciones sin fines de lucro e instituciones públicas europeas, americanas, nacionales y locales, con el fin de una evaluación común de las prioridades sociales
d) organizar eventos en el ámbito literario, de las artes visuales (teatro, cine, música, fotografía, escultura, pintura, moda, proyectos urbanos y arquitectónicos) y en el ámbito gastronómico y enológico para promover la región de Toscana, Italia en el extranjero y el resto de las naciones extranjeras en Italia y la región de Toscana;
e) realizar actividades estatutarias también en participación con órganos y estructuras de cualquier naturaleza y participar en iniciativas organizadas por terceros, siempre que tengan fines similares o complementarios a los estatutarios;
f) organizar eventos benéficos para ayudar a las poblaciones europeas y no europeas en dificultades culturales y humanitarias;
g) recuperar, preservar y desarrollar las tradiciones populares italianas, europeas y no europeas;
h) concepción y creación de catálogos artísticos, publicaciones de libros, periódicos informativos sobre la actividad desarrollada por la Asociación;
i) recibir aportes y desembolsos de entidades de cualquier naturaleza y de particulares;
l) realizar cualquier otra operación necesaria o útil para la consecución de los objetivos de la asociación;
m) verificar la correcta implementación de las leyes nacionales y regionales aplicables
el sector y proponer intervenciones que satisfagan las expectativas de los miembros;
n) Participar, sin fines comerciales, en exposiciones, conferencias y eventos en el ámbito cultural o complementario, u organizarlos directamente. La Asociación también está obligada a buscar y establecer formas de conexión y coordinación con otras asociaciones activas a nivel regional y nacional
o) Promover y organizar acuerdos con institutos profesionales, universidades italianas y extranjeras para organizar ofertas de pasantías con la asociación.
p) Promover actividades de voluntariado relacionadas con los eventos culturales promovidos por la asociación.
q) Organizar cursos de lengua, arte, música, arquitectura, literatura e historia en Italia y Perú.
4) Los bienes, las normas de organización y administración de la Asociación, así como los derechos y obligaciones de los miembros y las condiciones de su admisión son los específicamente indicados en el estatuto
5) Los participantes nombran a la Sra. Ana María Nava como primera Presidenta de la Asociación, como se ha explicado anteriormente. Se autoriza al Presidente para realizar todos los trámites necesarios, así como para hacer al Estatuto adjunto las modificaciones, adiciones y supresiones que soliciten las autoridades competentes.
6) La cuota de inscripción para los miembros que se unirán a la Asociación durante el primer año se establece en 50,00 (cincuenta) euros para los miembros ordinarios, 260,00 euros (doscientos sesenta) para los miembros asistentes y 260,00 euros (doscientos sesenta) para los miembros honorarios.
7) Los órganos de la Asociación son: a) la asamblea de miembros; b) el Consejo de Administración; c) La Junta de Auditores o el Auditor.
8) La Asociación se rige por los Estatutos firmados por los partícipes, aquí adjunto a esta escritura bajo la letra "B".
9) El Consejo de Administración está compuesto por un número mínimo de tres miembros.
La primera Junta Directiva está compuesta por: ​
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- Presidenta, Dña. Ana María Alicia Nava San Román -
- Vicepresidente, Sr. José Manuel Yáñez
- Concejal, Sr. Vito Cusumano,